España ha dado un paso clave este 2025 en materia conciliación laboral y eficiencia con la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Impulsada por el Ministerio de Trabajo y acordada con CCOO y UGT, esta reforma —aprobada por el Consejo de Ministros el 6 de mayo— no reduce salarios, mejora el registro horario digital y refuerza el derecho a la desconexión
Desde enero de 2024, la jornada semanal máxima legal es de 38,5 horas, y a partir de enero de 2025 se reducirá a 37,5 horas sin reducción salarial. Esta medida busca mejorar la conciliación, adaptarse a nuevas realidades laborales y reorganizar el tiempo de trabajo de forma más equilibrada.
Como asesoría orientada a simplificar lo complejo, en Asesofix explicamos esta reforma de forma comprensible y rigurosa, detallando cómo afecta tanto a trabajadores como a empresas, y qué aspectos deben tenerse en cuenta para adaptarse correctamente.
¿Qué es la jornada de 37,5 horas?
La reforma introduce una reducción gradual de la jornada laboral ordinaria para las personas trabajadoras por cuenta ajena, con el objetivo de mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal, sin afectar negativamente a la retribución.
El proceso se estructura en dos fases:
- Desde el 1 de enero de 2024, la jornada máxima legal ha pasado de 40 a 38,5 horas semanales de trabajo efectivo.
- A partir del 1 de enero de 2025, se reducirá nuevamente hasta alcanzar las 37,5 horas semanales.
Esta reducción de horas no implica una bajada de salario. Las personas trabajadoras seguirán cobrando lo mismo, pero trabajando menos tiempo. El objetivo es organizar mejor la jornada y mejorar la eficiencia sin afectar al poder adquisitivo.
¿Cuándo entra en vigor la jornada laboral de 37,5 horas?
La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales sin merma salarial ha sido aprobada por el Consejo de Ministros en mayo de 2025. Sin embargo, su aplicación no es inmediata: el Gobierno ha establecido como fecha límite el 31 de diciembre de 2025 para que todas las empresas afectadas realicen las adaptaciones necesarias en sus convenios y estructuras de trabajo.
Esto significa que:
Hasta esa fecha, sigue vigente la jornada de 40 horas semanales, salvo que el convenio colectivo ya contemple una jornada inferior.
El proceso de entrada en vigor puede acelerarse mediante negociación colectiva o acuerdos individuales empresa‑trabajador.
La jornada podrá implementarse de forma progresiva o flexible, siempre que al finalizar el año se haya respetado el cómputo total anual equivalente a 37,5 horas semanales.
Además, es probable que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publique los detalles normativos definitivos en los próximos meses, consolidando el marco legal que regirá esta reforma laboral.

¿A quién afecta la jornada de 37,5 horas?
La nueva jornada laboral está dirigida a la población asalariada por cuenta ajena en el sector privado y público, especialmente a quienes actualmente tienen una jornada superior a las 37,5 horas semanales. En total, se estima que más de 12 millones de trabajadores estarán cubiertos por esta reforma.
Afectados directamente:
Empleados con contrato a tiempo completo y jornada ordinaria de 40 h/semana.
Sectores sin convenios actualizados a jornadas inferiores.
Empresas con más de un trabajador asalariado que aún no tengan registro digital del horario.
¿Quién queda fuera?
Trabajadores autónomos o profesionales por cuenta propia, ya que no están sujetos a una jornada regulada por ley.
Empleados a tiempo parcial (ya proporcionalmente ajustados).
- Trabajadores con convenios colectivos que ya prevean una jornada inferior a la establecida por la reforma. En estos casos, se mantiene la jornada más beneficiosa.
En definitiva, se trata de una medida transformadora que exigirá a las empresas revisar su planificación laboral y avanzar hacia modelos más sostenibles y centrados en la conciliación.
Cambios principales que incluirá la ley
Reducción de la jornada ordinaria sin reducción salarial.
Revisión de convenios colectivos y contratos individuales.
Reorganización de turnos y distribución del tiempo de trabajo.
Refuerzo del registro horario digital obligatorio.
Mayor vigilancia del cumplimiento por parte de la Inspección de Trabajo.
Adaptación de los sistemas de control y de los procesos productivos para evitar pérdidas de eficiencia.
¿Cómo se aplicará la nueva jornada?
No hay una única forma en la que esta disminución de la jornada se llevará a cabo. Cada empresa podrá adaptar su organización interna respetando el nuevo límite legal. Algunas opciones habituales serán:
- Acortar la jornada diaria de forma proporcional.
- Reducir el horario en determinados días (por ejemplo, finalizando antes los viernes).
- Establecer sistemas de flexibilidad horaria dentro del marco legal.
Es recomendable que estas adaptaciones se realicen mediante acuerdo con la representación legal de los trabajadores o, en su defecto, con la plantilla.
¿Qué ocurre con las horas extraordinarias?
Las horas extraordinarias deberán calcularse a partir de la nueva jornada legal máxima. Por tanto, a partir de 2025, todo tiempo trabajado que exceda las 37,5 horas semanales podrá considerarse como hora extra, salvo distribución irregular pactada.
Las condiciones siguen siendo las mismas:
- No pueden superar 80 horas anuales, salvo en situaciones excepcionales.
- Deben ser retribuidas o compensadas con descanso equivalente.
- La empresa está obligada a registrarlas adecuadamente.
¿Qué obligaciones tienen las empresas?
La reducción de la jornada laboral no solo afecta a las personas trabajadoras. Las empresas deberán asumir un papel activo para garantizar que la aplicación de esta reforma se realice correctamente y con garantías legales. Esto implica llevar a cabo tareas como:
- Revisar y adaptar los horarios y registros de jornada a los nuevos límites legales.
- Asegurarse de que no se sobrepasen las horas máximas sin la debida compensación.
- Comunicar correctamente los cambios a sus trabajadores.
- Evitar prácticas que impliquen una prolongación no registrada de la jornada laboral.
Desde Asesofix ofrecemos soporte para implementar estos ajustes de forma segura y conforme a la normativa.
Beneficios de la nueva jornada de 37,5 horas
El objetivo de esta reforma es avanzar hacia una organización del trabajo más eficiente y equilibrada, favoreciendo:
- La conciliación entre vida profesional y personal.
- Una mejor salud laboral.
- Un entorno de trabajo más sostenible y productivo.
La reducción de la jornada laboral puede suponer un cambio positivo tanto para trabajadores como para empresas en España. Experiencias en países como Islandia, Reino Unido o Bélgica han demostrado que trabajar menos horas sin reducir el salario mejora la productividad, reduce el estrés y favorece la conciliación. En el contexto español, esta reforma puede ayudar a modernizar la cultura laboral, mejorar la calidad de vida, aumentar la eficiencia y fomentar la igualdad, siempre que se implemente con una gestión adecuada.
Aspectos que no cambian
Aunque la reforma modifica la duración máxima de la jornada semanal, hay otros derechos laborales relacionados con el tiempo de trabajo que se mantienen sin cambios. Es importante conocerlos, ya que siguen siendo de obligado cumplimiento y forman parte de la normativa básica de protección laboral.
Algunos derechos laborales vinculados al tiempo de trabajo se mantienen sin modificaciones:
- Descanso mínimo diario: 12 horas entre jornadas.
- Descanso semanal: mínimo de día y medio ininterrumpido.
- Pausa diaria: si se trabaja más de 6 horas, corresponde un descanso mínimo de 15 minutos (puede no ser retribuido, según convenio).
Conclusión
La reforma de la jornada laboral marca un paso importante hacia un modelo de trabajo más equilibrado y adaptado a los tiempos actuales. Trabajar menos horas sin perder salario ya no es una idea lejana, sino una realidad que avanza.
Esta medida no solo implica cambios legales, sino también una oportunidad para mejorar la organización interna, la calidad de vida y la productividad. Para las empresas, representa un reto de adaptación, pero también una forma de cuidar y fidelizar el talento. Para los trabajadores, supone un avance hacia una vida laboral más saludable y sostenible.
En Asesofix te ayudamos a entender estos cambios con claridad y a implementarlos de forma segura.
Con la información adecuada, este cambio puede ser más sencillo de lo que parece.
¿Empezamos?
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor la jornada laboral de 37,5 horas?
El Gobierno ha fijado el 31 de diciembre de 2025 como fecha límite para su aplicación. No obstante, es posible que se avance mediante acuerdos sectoriales o convenios colectivos, especialmente en empresas que ya tienen sistemas de control horario digital y estructuras laborales flexibles.
¿Esta medida implica una reducción del salario?
No. La reducción de jornada no conlleva una bajada de salario. Se trata de una redistribución del tiempo de trabajo, no de una modificación de la remuneración. El salario se mantiene, lo que en la práctica implica una mejora del valor hora trabajada.
¿A quién afecta esta reforma?
Principalmente a trabajadores por cuenta ajena a tiempo completo que actualmente superen las 37,5 horas semanales. Quedan fuera de su aplicación directa los trabajadores autónomos, empleados a tiempo parcial y funcionarios con convenios ya adaptados.
¿Qué ocurre si mi empresa ya aplica una jornada igual o inferior?
En ese caso, no se requiere adaptación, aunque es aconsejable revisar los registros horarios y convenios para asegurarse de que cumplen con la nueva legislación y con los requisitos adicionales sobre desconexión digital y control horario.
¿Se podrá seguir haciendo horas extras?
Sí, pero con matices. Las horas extraordinarias seguirán reguladas, aunque los límites máximos se recalcularán en función de la nueva jornada legal. Además, se intensificará el control sobre su justificación y registro digital obligatorio.
¿Qué pasa si mi convenio colectivo no se actualiza a tiempo?
Si antes del 31 de diciembre de 2025 no se adapta el convenio correspondiente, se aplicará la normativa estatal por defecto. La empresa deberá ajustarse al nuevo límite de jornada sin necesidad de esperar a una negociación sectorial.
¿Cómo se controla el cumplimiento de esta nueva jornada?
A través del registro horario digital obligatorio, accesible para cada trabajador y auditado por la Inspección de Trabajo. Su ausencia o manipulación podrá suponer sanciones económicas relevantes, especialmente en empresas de más de 50 empleados.
¿Cómo se aplica en sectores con horarios flexibles o turnos rotativos?
Se aplicará igualmente, siempre que la media semanal de la jornada anual no supere las 37,5 horas. Las empresas podrán organizar jornadas irregulares o con distribución adaptada, siempre respetando el cómputo global y el descanso legal.
¿Qué implicaciones tiene para pymes y microempresas?
Las pequeñas empresas deberán adaptarse como el resto, pero podrán negociar acuerdos internos que flexibilicen la implementación. Se recomienda anticiparse al cambio y realizar ajustes en la planificación de turnos y procesos para evitar fricciones.
¿Qué relación tiene esta reforma con el derecho a la desconexión digital?
Una de las claves de esta normativa es reforzar la desconexión digital fuera del horario laboral. Las empresas deberán garantizar que los empleados no reciban comunicaciones fuera del horario pactado, salvo excepciones justificadas.
¿Necesitas que te asesoremos?
Deja que uno de nuestros expertos te asesore sin compromiso.
